La AFIP comenzó a implementar las diferentes instancias del Sistema Informático Malvina, que reemplazará al vigente Sistema Informático María. En su exposición, el administrador federal, Ricardo Echegaray destacó que “el Sistema Informático Malvina se desarrolla dentro del Plan Nacional de Gobierno Electrónico impulsado bajo la presidencia de la Dra. Cristina Fernández de Kirchner . Entre sus objetivos se encuentran la administración integral de las operaciones aduaneras, la gestión del riesgo en tiempo real, el intercambio de información entre los distintos sectores que intervienen en el comercio exterior a través de medios y documentos electrónicos”.
Esta etapa comprende la información anticipada introduciendo un concepto actualizado en gestión de riesgo y control aduanero que a su vez permitirá un nuevo paradigma en materia de fiscalización y brindará respuesta a las necesidades actuales del comercio exterior.
Cuadro de implementación de cada etapa:
¿EN QUÉ CONSISTE CADA PROCESO?
- Régimen de información sobre los contenedores afectados al tráfico internacional (Resolución General 3615)
- Módulo de Información Anticipada del Manifiesto General de Carga (Resolución General 3622)
- Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA) (Resolución General 3600) El objetivo del sistema es ampliar los mecanismos de comunicación y notificación electrónica entre esta Administración Federal y los operadores de comercio exterior e incrementar la certeza y transparencia de las comunicaciones de los actos administrativos.
- Digitalización de los Manifiestos Originales (Resolución General 3627) El Sistema Informático Malvina crea el “Legajo Electrónico del Viaje del Medio de Transporte Vía Acuática” que comprende la digitalización de los Manifiestos Originales de Carga de importación, del Rancho y de la Pacotilla, y de los Manifiestos Originales de Exportación, de los medios de transporte que arriben o salgan del territorio nacional por la vía acuática, la Digitalización de los Documentos de Transporte Consolidados y de toda otra documentación que determine la AFIP.
Objetivo:
Creación de un padrón de contenedores operativos afectados al tráfico internacional de mercaderías.Obtener Información sobre sus características y sus responsables.
Mejorar los actuales procedimientos de control y registro de los datos relativos a los citados contenedores
A través de este régimen de información, los operadores de contenedores inscriptos ante esta Administración Federal deberán mantener actualizados los datos relativos a la nómina de contenedores con que operan.
A su vez, se determina que los Agentes de Transporte Aduanero (ATA) que presenten el manifiesto de carga del medio de transporte que arribe al territorio aduanero por la vía terrestre deberán encontrarse inscriptos, sin excepción, como Operadores de Contenedores en los Registros Especiales Aduaneros.
Tendrán un plazo de 30 días corridos contados a partir de la fecha prevista en el cronograma publicado en la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos para inscribirse y para realizar el registro de los datos de los contenedores con los que operan.
En tanto que, los operadores de contenedores ya inscriptos, tendrán un plazo de 30 días corridos, contado a partir de la fecha antes indicada, para adecuar el registro de los datos correspondientes a los contenedores operativos. Comienza el 14 de mayo.
Ventajas:
Información de los contenedores, en tiempo real. Permite efectuar consultas y registrar las transferencias en línea.Todo contenedor que está en el país debe estar registrado en este padrón.
La medida permitirá simplificar y facilitar los procedimientos aduaneros, disponer en forma más ágil de información sobre los contenedores y sus responsables e incrementar la eficiencia en los procesos de control. De esta forma se brindará mayor seguridad y transparencia a la cadena logística de comercio exterior.
Objetivo:
El objetivo es tener la trazabilidad y datos del medio de transporte e información sobre la totalidad de las mercaderías que transporte antes de su ingreso al país.Esta información deberá ser suministrada por el Agente de Transporte Aduanero del Medio Transportador (ATA MT) que representa a quien pertenece el medio de transporte o que tenga derecho a hacer uso del mismo y los Agentes de Transporte de los transportistas con los cuales su representado haya efectuado convenios bajo la modalidad de bodega compartida (ATA CBC) Los ATA MT deberán enviar a la AFIP las CUITs, el nombre y número de identificación del medio de transporte; el país de procedencia; el código del puerto de origen; el código del país de destino final; el indicador de importación; la fecha de inicio del viaje y de arribo; entre otros datos.
La información deberá ser enviada con 5 días de anticipación al arribo del medio de transporte. Cuando la duración del viaje sea menor a ese plazo, la información deberá transmitirse en forma previa a la partida del medio de transporte del puerto extranjero con destino al territorio nacional.
El sistema generará un “Identificador de viaje” de ese medio de transporte.
Ventajas:
Facilitar el comercio y la logística de las cargas internacionales.Gestión del riesgo en tiempo real.
Facilitar intercambio de información.
Todos los Operadores de Comercio Exterior se encuentran adheridos al SICNEA (Resolución General AFIP 3600). Esta normativa además creo dos nuevos Registros Especiales Aduaneros:
o Registro de abogados que actúan en carácter de letrados patrocinantes en aduana”.
o Registro de Entidades Emisoras de Garantías.
Los cuales a partir de 24/06/2014 comenzarán a interactuar con el SICNEA, en el caso del Registro de Abogados recibirán notificaciones por SICNEA relativas a los procedimientos de impugnación, de repetición, por infracciones, de ejecución en sede administrativa y relativos a las sanciones disciplinarias (apercibimiento, suspensión o eliminación de los Registros Especiales Aduaneros) a los sujetos con domicilio procesal constituido.
Ventajas:
Simplificar el trámite de notificación por parte del servicio aduanero, eliminándose el formulario en papel, como así también, la remisión por correo de la cedula de notificación, reemplazándose por un formulario electrónico y la notificación del Operador de Comercio Exterior a través de la pagina Web del organismo por medio de la clave fiscal del contribuyente.Plazos de entrega al PSAD de la documentación para su digitalización:
Manifiestos Originales de Carga de importación: en forma inmediata al arribo del medio de transporte al territorio nacional
Rancho y de la Pacotilla: Conforme cronograma.
Manifiestos Originales de Exportación: dentro de los cinco (5) días de producida la salida del medio de transporte, del último puerto nacional con destino al exterior.
Los PSAD contarán con un plazo de 24 horas contadas a partir de la recepción de la documentación (Manifiestos Originales de Carga de importación y Documentos de Transporte Consolidados), para efectuar su digitalización.
Ventajas:
Gestión eficiente de la información contenida en el legajo electrónico.Simplificación de las funciones de áreas operativas y de control aduanero.
Resguardo digitalizado de la documentación.